¿Qué es el beneficio de Abierto Anual?

Es un descuento del 60% (sesenta por ciento) del valor de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, otorgado en virtud del Artículo 182 de la Ordenanza Fiscal 2156/08 (TO2023).

¿Quiénes son beneficiarios de Abierto Anual?

Los/las contribuyentes que ante evaluacion del Municipio acrediten que:
Sus establecimientos hayan permanecido con actividad en forma permanente durante el ejercicio fiscal anterior y no posean deudas con la Municipalidad.
Sus establecimientos hayan permanecido con actividad en forma permanente durante los fines de semana del ejercicio anterior y no posean deudas con la Municipalidad.

¿Quienes están excluidos del beneficio de Abierto Anual?

Están excluidos del Beneficio:
Aquellos/as contribuyentes que no hayan acreditado, ante la evaluación del Municipio, contar con un comercio con actividad permanente durante el ejercicio fiscal anterior.
Los Grandes Contribuyentes incluidos en los Artículos 181 bis a 181 noveno de la Ordenanza Fiscal 2156/08 c/ Mod.

¿Qué requisitos se necesitan para obtener el beneficio de Abierto Anual?

Poseer una Habilitación Comercial en el Partido de Villa Gesell.
No encontrarse en mora en la Tasa de Seguridad e Higiene.
No ser un contribuyente excluido del beneficio acorde Ord. 2156/08 c/ Mod.
Realizar el procedimiento de carga de datos según lo previsto por la Autoridad de Aplicación.

¿Qué documentación se necesita para obtener el Beneficio de Abierto Anual?

Una factura digital o una fotografía de la factura emitida en formato papel, correspondiente a los siguientes tres períodos del año en curso:

Período 1: Se deberá cargar una factura emitida durante el mes de Mayo.

Período 2: Se deberá cargar una factura emitida durante el mes de Agosto.

Período 3: Se deberá cargar una factura emitida durante el mes de Octubre.

¡Importante!

Las facturas deberán ser digitales (en caso de tenerlas en formato papel podés escanearlos o sacarles una foto) y deben ser legibles. Pueden encontrarse en formato pdf o imagen y tener un peso máximo de 15Mb.
Los periodos de recepción de las facturas serán definidos por la Autoridad de Aplicación en el transcurso del año. Estos periodos serán notificados al DFE de la persona interesada y publicitados en las vías oficiales de comunicación del Municipio.

¿Cómo se realiza la carga y verificación de la documentación?

1.

Leé atentamente la notificación que recibiste y los requisitos que están aquí descriptos.

2.

Una vez leída la información, escribí tu número de legajo comercial (indicado en la notificación recibida) y tu CUIM/CUIT.

3.

En la pantalla de “carga de documentación” seleccioná el período que se encuentra habilitado y cargá una factura (digital o fotografía de la boleta impresa) que haya sido emitida durante el mes indicado.

4.

Una vez cargada, ARVIGE revisará que la factura sea correcta:

Si la factura es correcta, no recibirás notificaciones en tu Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Para más información lee atentamente el paso 5.

Si la factura es incorrecta o la carga fue errónea (por ejemplo, se subió una imagen donde la fecha no coincide con el período a acreditar) se te notificará por DFE que deberás volver a efectuar la carga en un plazo de tiempo determinado. Si no tenes constituido tu DFE podés iniciar el trámite enviando un mail a dirarvige@gesell.gob.ar

En caso que no dispongas de DFE no se te notificará el error y deberás continuar en el paso 5.

5.

Si la persona que solicita el beneficio desea verificar el estado de carga de su boleta, podrá hacerlo en esta misma página. Para eso, deberá ingresar nuevamente los datos requeridos y revisar en “carga de documentación” si la misma fue aceptada o rechazada:

Si la factura es correcta podrá ver la fecha en la que fue verificada por ARVIGE.

Si la factura fue rechazada, podrá visualizar en la página la información necesaria para la rectificación de la misma en el periodo fijado a esos efectos.

Para visualizar como realizar tu trámite, podés mirar este video tutorial

El trámite concluye a fin de año (2024) y es requisito que hayas cargado 3 facturas (una por cada período) para obtener el Beneficio de Comercio Abierto Anual.